La sanción impuesta por la CJ – ADFP el pasado 22 de noviembre clausurando el Estadio Monumental (tras los hechos sucedidos en la muerte de Walter Oyarce) queda marginada debido al reclamo presentado por la Inmobiliaria Turquesa S.A (es Gremco).
Conforme el Art. 15° del Código Procesal Constitucional, por cuanto la suspensión afectaba el desarrollo de una actividad deportiva en dichas instalaciones sino, a un número significado de personas y empresas como la solicitante, que dependen del funcionamiento de dicha actividad, que si bien , la motivación responde a una exigencia de seguridad para los asistentes a dichos eventos deportivos no es menos cierto que como empresa solicitante, ella funciona y se desarrolla en razón de dichos eventos deportivos.
La Medida Cautelar se resolvió concediéndole a la demanda planteada contra la Resolución N° 144 CJ-ADFP-2011 la autorización para rehabilitar el uso del Estadio Monumental, que además ya dispone de la Licencia de Funcionamiento otorgada por la Municipalidad de Ate, asimismo de Defensa Civil hasta junio del presente año